miércoles, 26 de mayo de 2021

EL INDULTO A LOS SECESIONISTAS

Las sentencias judiciales no son venganza, sino la aplicación de la Ley, basándose en los hechos probados y las circunstancias concurrentes en cada caso. Nuestro ordenamiento jurídico es garantista y no crea indefensión al reo, teniendo previstos los cauces adecuados para interponer los recursos procedentes, que se agotan cuando se dicta el fallo definitivo. El término  venganza sería, por tanto, un agravio injurioso y calumnioso inferido a quienes juzgaron los graves hechos delictivos cometidos en Cataluña por los secesionistas el 1 de Octubre de 2017, en el marco del “ procés “ separatista.

 
El vocablo “ venganza “ empleado por Pedro Sánchez no ha sido dirigido directamente al Tribunal juzgador, cuidándose de no mencionarlo, pero todos han entendido que se lanzó el dardo al Tribunal para justificar una decisión política, como es la concesión del indulto. Para resguardarse legalmente lanzó la piedra y escondió la mano.
 
La concesión del indulto es una prerrogativa del Gobierno, que tiene que justificar, sin que los informes del órgano juzgador y de la fiscalía le vinculen. Lo concederá, salvo que prosperen los recursos que puedan interponerse contra el mismo, cuando le desgaste menos, ya que, exceptuados los secesionistas, los de la extrema izquierda y los socialistas “ sanchistas “, el resto de los españoles están en contra. Éstos guardan buena memoria de lo que sucedió en torno a la sedición: el desafío al Estado de Derecho, a la unidad de España, el boicot y rechazo a los policías y guardia civiles, la obstrucción a la Justicia, la declaración de independencia en el Parlamento catalán- aparcada poco después por miedo a las consecuencias-, los desmanes y un largo etcétera.
 
Si Pedro Sánchez, para continuar con apoyos indeseables, quiere conceder el indulto, que lo haga. Pero que no hable de venganza ni cuente milongas.

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