martes, 6 de marzo de 2012

A PROPÓSITO DE ESTIGMATIZAR

Urdangarín recuperó un tanto su imagen pública, caminado por su propio pie el callejón que desemboca en la entrada a los Juzgados de Palma de Mallorca, haciendo olvidar la pifia  de su  carrera washingtoniana , con deportivo estilo, huyendo de las cámaras que le acechaban. Bien asesorado hizo lo que debía y nadie esperaba, cuando acudió por dos veces a la cita judicial haciendo el previo paseíllo pisando calle. El fondo del asunto, en el que no entramos aunque no huele bien, queda reservado para la Justicia.

Con su esposa, la Infanta Cristina, copropietaria con él de la empresa Aizoon y vocal del Instituto Noos, entidades sometidas a investigación judicial por presuntas irregularidades, ha ocurrido lo contrario, lo que todos o casi todos intuían, que no sería llamada a declarar y así ha sucedido por el momento. El argumento ha sido la" falta de indicios", sobre lo que no podemos pronunciarnos por competer la valoración al Juez , y el que, de ser citada, “conduciría a estigmatizarla gratuitamente”. Creemos que la falta de indicios es suficiente y sobraba lo de estigmatizar.

Recordamos cuando el Magistrado Bacigalupo, argentino de nacimiento, también esgrimió lo de “estigmatizar” para evitar que Felipe González fuera llamado a declarar en relación a los GAL, salvando las distancias entre uno y otro caso. Se ve que tal término ha creado escuela en el ámbito jurídico y cabe pensar, ironizando, que en justa correspondencia a la ciencia forense importada de Argentina hemos correspondido exportando la sapiencia del prevaricador ex-juez Garzón, contratado por la Presidenta Kirchner.

Como la RAE da los siguientes significados al verbo estigmatizar:” Marcar a alguien con hierro candente. Imprimir milagrosamente a alguien las llagas de Cristo. Afrentar, infamar”, podemos deducir que, en el caso que nos ocupa, no caben la primera ni la segunda acepción. La primera, por extinta en un mundo civilizado que no admite tales abominables prácticas; la segunda por estar reservada a casos muy contados de misticismo y profunda espiritualidad, como los estigmas de San Francisco de Asís, los del Padre Pío y pocos más. En cuanto a la tercera (afrentar, infamar), ¿no constituye afrenta de por si y a priori , que contenidos judiciales se propaguen en base a  interesadas filtraciones  destinadas a ser publicadas?.

No es agradable el hecho de sentarse delante de un juez, sea como perjudicado, testigo ó imputado; como no es plato de buen gusto el bochorno de verse en los papeles, abriendo telediarios o sometido al vapuleo tertuliano. Con independencia de la verdad, la opinión pública te condena o , al menos, se deja atrapar por la tejida tela arácnida de la sospecha .

¿Ha favorecido a la Familia Real, y en concreto a Doña Cristina, la decisión judicial comentada? ¿Hubiera sido preferible  haberse ofrecido voluntariamente a declarar ante el Juez y, de accederse en su momento, hacer el paseíllo como lo hizo su esposo? ¿Hubiera sido conveniente una declaración pública, evidenciando la disponibilidad para lo mismo? La respuesta acertada no la tenemos. Lo que si pensamos es que los gestos tienen gran importancia y si, por añadidura, son dignos, amainan ciertos temporales. Lo que venga después, ya se sabe, es otra cosa, " todo es según el color del cristal con el que se mira" y  nada está escrito en las estrellas.

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